Skip to content

Permiso de paternidad

permiso paternidad

El permiso de paternidad en España es de 12 semanas desde el 1 de enero del 2020. Este aumentará en 2021 a 16 semanas, equiparandose al permiso de maternidad.

Las cuatro primeras semanas del permiso  de paternidad deben cogerse ininterrumpidamente tras el parto. Las semanas restantes  pueden disfrutarse según las necesidades de la familia, pudiendo disfrutarse seguidas a las semanas obligatorias o disfrutarlas durante el tiempo restante antes que el o la bebé cumpla 12 meses.

Este permiso de paternidad está retribuido al 100% y es intransferible a la pareja, por lo que si no se disfruta se pierde. también será posible disfrutarlo en jornada parcial, con un mínimo del 50%, siempre con acuerdo previa con la empresa.

Toma nota de todo lo que debes saber sobre el permiso de paternidad.

  • Solicitud

Para solicitar el permiso por paternidad hay que ir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y pedir la baja.

Es imprescindible la solicitud de cita previa en el INNSS y es necesario llevar el Libro de Familia, el Documento Nacional de Identidad (DNI), una domiciliación bancaria y la solicitud cumplimentada.

  • Requisitos para cobrar el permiso de paternidad

Igual que ocurre con la baja maternal, hay que estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada de alta (cobrando el paro, por ejemplo) y haber cotizado un periodo mínimo de 180 días dentro de los últimos 7 años o 360 días en toda tu vida laboral. Durante los días de permiso por paternidad se cobra el 100 de la base reguladora, es decir, una cantidad diaria que se obtiene de dividir el suelo antes de las retenciones entre 30 días.

Para ello se tiene en cuenta la nómina del mes anterior al nacimiento o adopción del niño.

  • Autónomos con el permiso de paternidad

Esta prestación de paternidad para autómos es equivalente al 100% de su base reguladora, que normalmente corresponde con la base de cotización mínima. Para solicitarla es imprescindible estar al corriente de pagos de las cotizaciones en la seguridad social.

  • Parto múltiple

En caso de que el parto sea múltiple, el permiso se amplía en dos semanas por hijo a partir del segundo.

  • Adopción

En caso de adopción, los padres contarán con 16 semanas de permiso, seis de las cuales deberán disfrutar obligatoriamente después de la resolución judicial o administrativa que apruebe la adopción, a jornada completa e ininterrumpidamente.

El resto del periodo voluntario, podrán repartírselo entre los dos en bloques semanales, de forma ininterrumpida y en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, hasta llegar al máximo de 16 semanas y sin superar el límite de diez acumuladas por uno de ellos, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución.

En el caso de que sea necesario que los nuevos padres se desplacen al país de origen del adoptado, la ley prevé que el permiso pueda iniciarse hasta cuatro semanas antes de la decisión judicial.

TE RECOMENDAMOS

POST DESTACADO

SUSCRÍBETE AL NEWSLETTER

Servicio gratuito

SÍGUENOS

SUSCRÍBETE A LAS NOVEDADES

¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

SUSCRÍBETE A NUESTRAS NOTICIAS